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jueves, 19 septiembre, 2024

Jubilados y pensionados: ¿se puede tener PAMI y otra cobertura médica?

Algunas personas al jubilarse desean conservar su obra social o prepaga y se preguntan si es obligatorio afiliarse al Programa de Atención Médica Integral.

La afiliación simultánea a PAMI y otra obra social no está permitida. (Foto: PAMI)

La afiliación simultánea a PAMI y otra obra social no está permitida. (Foto: PAMI)Por: PAMI

Cuando se inicia el trámite de jubilación, algunas personas se preguntan si se pueden afiliar al PAMI (Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados) y conservar la obra social o prepaga que tenían durante la etapa de actividad laboral.

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El PAMI es la obra social dirigida a jubilados y pensionados, familiares a cargo o adultos mayores de 70 años, sin beneficio ni cobertura social alguna.

Si estoy afiliado al PAMI, ¿puedo tener otra obra social?

De acuerdo con lo que detalla el PAMI, la afiliación simultánea a PAMI y otra obra social no está permitida.Un afiliado al PAMI puede tener una prepaga al mismo tiempo.En caso de querer conservar la obra social actual y el trámite de jubilación está por finalizar, el titular deberá acercarse a la oficina más cercana de su prestador de salud para tramitar la continuidad de la cobertura médica.

(Foto: PAMI)

(Foto: PAMI)

PAMI: cómo puedo cambiar de obra social

Según indica ANSES, si una persona tiene asignada la obra social del PAMI, que se identifica con la leyenda DESC. OBRA SOCIAL, se puede cambiar hasta una vez por año, por otra Obra Social que figure en el listado para jubilados y pensionados.

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Una vez realizada la opción de cambio de obra social, vas a recibir la cobertura a partir del primer día del tercer mes. La fecha de vigencia constará en el Comprobante de Empadronamiento (CODEM) que te será entregado por ANSES para ser presentado ante la obra social elegida.

Para realizar el trámite se requiere:

Formulario PS.5.5 en original y fotocopia.DNI, LE o LC en original y fotocopia del titularÚltima Orden de Pago Previsional (OPP) o Comprobante de Pago Previsional (CPP) o recibo de haber previsional en original y fotocopia.(Foto: ANSES)

(Foto: ANSES)Por: ANSES | ANSES

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